Corredores que ejercen como persona juridica conoce los beneficios en Mercado Libre Chile

CORREDORES QUE EJERCEN COMO PERSONA JURÍDICA: CONOCE LOS BENEFICIOS

Actualmente los corredores de propiedades pueden actuar como persona natural o como persona jurídica ¿Cuál es la diferencia entre ambas figuras? ¿Conviene optar por una en vez de la otra?

Para resolver esta interrogante conversamos con Daniela Lagos, abogada jefe de

Legal Broker

, quien explica algunas de las diferencias.

Para aquellos corredores de propiedades que ejercen su labor como persona natural, no deben pagar IVA, mientras no hayan empleado capital para el ejercicio de su actividad (por ejemplo, la compra de oficina, la contratación de ejecutivos o secretaria, etc).

Junto con lo anterior, “deben iniciar actividades como Corredores de Propiedades en el Servicio de Impuestos Internos y así emitir boletas de honorarios por sus servicios. De este modo, están obligados a la retención del 11,5%, y al pago de las cotizaciones previsionales como trabajadores independientes”, señala Daniela.

¿Qué ocurre con las rentas o ganancias de aquellos corredores que actúan como persona natural? La abogada destaca que deberán pagar el Impuesto Global Complementario, que dependiendo de rentabilidad o ganancias, podría alcanzar una tasa que va desde 0% al 40%.

Corredores como persona jurídica

Para aquellos corredores que decidan ejercer laboralmente como persona jurídica, a través de la constitución de una sociedad, “están obligados a pagar IVA y respecto de sus rentas o ganancias, deberán pagar el impuesto a la renta de primera categoría, cuyas tasas oscilan entre el 25% y el 27%, dependiendo del régimen al cual se acojan”.

¿Qué beneficios existen para aquellos corredores que constituyen una sociedad?

Además del beneficio tributario, ya que el impuesto que deberán pagar es el de primera categoría y la tasa podría ser menor que el Impuesto Global Complementario también existen otros beneficios para aquellos corredores que ejercen como persona jurídica:

1. Formalidad y seriedad frente a sus clientes. "Se tiende a pensar que la persona ejerce la actividad de acuerdo a la legalidad", destaca Daniela.

2. Acceso a créditos y beneficios estatales. "El hecho de constituir una sociedad, una vez que esa sociedad tiene cierta actividad, permite acceder a créditos bancarios de la banca empresa, que tiene condiciones distintas a una persona natural o beneficios del Estado (bonos pyme. por ejemplo)", señala la abogada.

3. Autoempleo y acceso a créditos como trabajador de la empresa. "El hecho de constituir una sociedad y autoemplearse le permite acceder a beneficios como persona natural y una estabilidad financiera que lo faculte para acceder a crédito bancario por ejemplo. Esto dependerá de factores como rentabilidad  o facturación de su empresa", concluye la abogada.

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