Subsidio DS49 sin crédito hipotecario: Qué es y cuándo postular a este beneficio

¿No puedes optar a un crédito hipotecario? ¡No te preocupes! Este subsidio te permite comprar una vivienda sin endeudarte. Conoce cómo postular.

¿En qué consiste el subsidio DS49?

Según el artículo 1 del Decreto Supremo DS116 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, este programa tiene como objetivo fomentar el acceso de las familias vulnerables, sin capacidad de endeudamiento, a una solución habitacional de calidad sin crédito hipotecario.

Por familias vulnerables, debes entender a aquellas que se encuentren ubicadas en el tramo del 40% del Registro Social de Hogares (RSH).

El artículo 2 de la misma norma señala que, para la compra de viviendas construidas, el precio del inmueble puede ser de hasta 950 Unidades de Fomento (UF). Aunque el valor puede llegar a las 1.050 UF en las comunas de Juan Fernández e Isla de Pascua, así como en la provincia de Palena en la Región de Los Lagos; las localidades de Isla Santa María e Isla de la Mocha en la Región del Biobío; y en las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y Antártica Chilena.

¿Quiénes pueden acceder al subsidio DS49?

Los requisitos y antecedentes para postular a este programa se hallan definidos en el artículo 3 del Decreto Supremo DS49. Y se pueden resumir así:

  • Ser mayor de edad.

  • Contar con el ahorro mínimo de 10 UF. En el caso de postulaciones colectivas, si la persona pertenece a un tramo mayor al 40% según el RSH, deberá contar con un ahorro de 15 UF. En ambos casos, el ahorro debe estar depositado a más tardar el último día hábil del mes anterior al ingreso de los antecedentes para la postulación del grupo organizado al Sistema Informático.

  • Núcleo familiar ubicado en el tramo del 40% del Registro Social de Hogares (RSH).

  • Ningún integrante de la familia debe poseer una vivienda ni ser beneficiario de otro subsidio habitacional.

  • Cabe señalar que, de modo excepcional, tienes la opción de postular sin núcleo familiar si te encuentras en alguna de las siguientes condiciones: discapacidad, acreditada por la COMPIN; 60 años de edad o más; eres indígena; eres viudo; estar reconocidos como víctima en la nómina elaborada por la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura, o en el informe de la Comisión Nacional sobre prisión política y tortura.

Si eres extranjero, también puedes postular al beneficio. Para ello, debes anexar el Certificado de Permanencia Definitiva, con una antigüedad mínima de 5 años.

¿Cuánto es el aporte del subsidio DS49?

Este aporte estatal va desde las 314 UF hasta 794 UF, para la compra de vivienda nueva o usada, ya sea en sectores rurales o urbanos del país.

Una suma nada despreciable, a la que le puedes sumar subsidios complementarios, dependiendo de las características de la familia y la vivienda a comprar:

  • Densificación en altura (desde tres pisos): 110 UF.

  • Discapacidad (obras especiales en el inmueble): 20 u 80 UF.

  • Localización (zonas urbanas): 200 UF.

  • Factibilización (zonas rurales): 120 UF.

  • Superficie adicional (inmuebles edificados sobre 37,5 m2): hasta 50 UF.

  • Premio al ahorro adicional: aquellas familias que cuenten con un ahorro de más de 10 UF al momento de la postulación, recibirán hasta 30 UF.

En ese sentido, la vivienda se financia con el subsidio habitacional, los subsidios complementarios y tu ahorro.

¿Cuándo comenzarían las postulaciones individuales al DS49?

Actualmente, solo se encuentran disponibles las postulaciones del llamado especial del DS49, las que están conformadas por grupos de dos o hasta 160 personas que cumplan con los requisitos solicitados.


Según el

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

, las postulaciones individuales partirían durante el próximo mes de agosto, en una fecha que será especificada a través del sitio web y las redes sociales de la cartera de Estado. Para más información, ingresa

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